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¡RECLAMO MI DERECHO A INMEDIATA LIBERTAD!

En Argentina manifestación de solidaridad por la libertad de Margot Liendo y Victoria Trujillo.

5 de febrero 2018: Se ha llevado a cabo la Audiencia de Prolongación de Prisión Preventiva, Exp.85-2014, Caso MOVADEF, por lo que deseo compartir mi intervención ante los jueces:

SEÑORES MAGISTRADOS:

Fui detenida en 1988 y sentenciada a la pena de 18 años, mas, cuando en el 2006 me acercaba a su cumplimiento total, se me aperturó un nuevo proceso sentenciándoseme en este a la pena máxima de 25 años. Igualmente, cuando ya estaba por cumplir esta pena (impuesta ilegalmente) se me aperturaron desde el 2013 nuevos procesos con sendos mandatos de detención preventiva, que a la fecha van tres. En síntesis tengo 3 procesos aperturados con el único y claro objetivo de impedir mi libertad, derecho fundamental que me corresponde. Yo ya estoy rehabilitada porque habiendo cumplido la sentencia de 25 años, estoy en condiciones de reincorporarme a la sociedad.[1]

Señores Jueces, impiden mi libertad en forma arbitraria y abusiva solo por razones políticas. Pruebas al canto: La declaración del ex Premier Juan Jiménez Mayor quien señalara en el año 2012 “hay que ver la forma de impedir la libertad de Osmán Morote y Margot Liendo”, de igual forma las declaraciones de la ex Ministra de Justicia María Soledad Pérez Tello, quien en forma ilegal señalara que habían encontrado en el “Caso Soras” la manera de impedir la libertad de Osmán Morote y Margot Liendo. Y últimamente lo señalado en forma descarada por el Procurador antiterrorismo Milko Ruiz precisamente sobre este caso: (muestro el artículo a la Sala y leo) “La prisión preventiva de Margot Liendo y Osmán Morote vence en julio de este año, por eso vamos a pedir al Presidente del Poder Judicial que se nombre una Sala exclusiva para este ‘Caso Perseo’, para evitar la libertad de Margot Liendo y Osmán Morote. Por eso en este caso insisten en forma ilegal en la prolongación de la detención preventiva; por eso llevo en este proceso 3 años y 6 meses de prisión preventiva y el 14 de julio del 2017 se me negó la libertad inmediata por exceso de carcelería, violando el principio de legalidad, violando la propia Constitución peruana. Igualmente se niega el principio de la presunción de inocencia que me asiste, dándome en los hechos una sentencia adelantada.[2] [3]

Señores Jueces, llevo 30 años de prisión, pido que se considere también esta larga carcelería así como mi situación de mujer adulta mayor. Pido que actúen con independencia de acuerdo a Derecho y resuelvan mi inmediata libertad.

Margot Liendo

_____________

[1] “La naturaleza excepcional de la aplicación de la prisión preventiva de acuerdo con criterios de necesidad y proporcionalidad, es un elemento que necesariamente debe estar presente en toda política criminal … Así la Convención Americana, establece un orden jurídico, según el cual ‘nadie puede ser sometido a detención o encarcelamiento arbitrario’ (Art. 7.3) y toda persona ‘tendrá derecho a ser juzgada dentro de un plazo razonable o a ser puesta en libertad, sin perjuicio de que continúe el proceso. Su libertad podrá estar condicionada a garantías que aseguren su comparecencia en el juicio (Art. 7.5) … la Declaración de América dispone que ‘[…] todo individuo que haya sido privado de libertad tiene derecho […] ser juzgado sin dilación injustificada o, de lo contrario, a ser puesto en libertad’ (Art. XXV)…”

(Del “Informe sobre el uso de la prisión preventiva en las Américas” Comisión Interamericana de Derechos Humanos)

[2] “Este derecho fundamental implica, entre otras cosas, que en el caso de resultar necesaria la privación de la libertad durante el transcurso de un proceso, la posición jurídica del imputado sigue siendo la de un inocente … Expresamente reconocido sin salvedad ni excepción alguna por diversos instrumentos internacionales de derechos humanos como la Declaración Universal de Derechos Humanos (Artículo 11.1), Pacto Internacional de Derechos Políticos y Civiles (Artículo 14.2), Declaración Americana (Artículo XXVI) y la Convención Americana (Artículo 8.2).

(Ibid)

[3]
Así en atención al derecho a la presunción a la inocencia y al carácter excepcional de la prisión preventiva surge el deber del Estado de revisar periódicamente la vigencia de las circunstancias que motivaron su aplicación inicial… Por eso, la explicación que ofrezca el Estado de la necesidad de mantener a una persona en prisión preventiva debe ser más convincente y mejor sustentada a medida que pasa el tiempo”

(Idem)

SEÑORES MAGISTRADOS: A 30 años de carcelería


La misma Sala de la audiencia anterior vio la Audiencia en CASO SORAS, momento en que he reiterado mi demanda de libertad:

SEÑORES MAGISTRADOS:

    Pido que se me escuche y tengan en cuenta toda la ilegalidad cometida contra mi persona. Solo por presión política del Estado peruano se impide mi libertad, como lo he manifestado en la audiencia anterior y como ha fundamentado técnicamente mi abogado.

    Llevo 5 años con prisión preventiva en este caso; debí salir en junio del 2013 cumpliendo la pena máxima de 25 años, pero en forma arbitraria y abusiva no se me dio libertad.

   Reitero mi petición a ustedes Señores Jueces, para que consideren mis 30 años de carcelería que prácticamente es cumplir una cadena perpetua sin sentencia alguna. Asimismo pido a la Sala actuar sin presión política y de acuerdo a Derecho, por lo que me corresponde mi inmediata libertad.[1]


Margot Liendo




____________

[1] “La naturaleza excepcional de la aplicación de la prisión preventiva de acuerdo con criterios de necesidad y proporcionalidad, es un elemento que necesariamente debe estar presente en toda política criminal … Así la Convención Americana, establece un orden jurídico, según el cual ‘nadie puede ser sometido a detención o encarcelamiento arbitrario’ (Art. 7.3) y toda persona ‘tendrá derecho a ser juzgada dentro de un plazo razonable o a ser puesta en libertad, sin perjuicio de que continúe el proceso. Su libertad podrá estar condicionada a garantías que aseguren su comparecencia en el juicio (Art. 7.5) … la Declaración de América dispone que ‘[…] todo individuo que haya sido privado de libertad tiene derecho […] ser juzgado sin dilación injustificada o, de lo contrario, a ser puesto en libertad’ (Art. XXV)…”

(Del “Informe sobre el uso de la prisión preventiva en las Américas” Comisión Interamericana de Derechos Humanos)








A la opinión pública nacional e internacional



I. QUIÉN SOY Y POR QUÉ ESTOY DETENIDA ARBITRARIAMENTE HACE 27 AÑOS

Mi nombre es Margot Liendo Gil, hago llegar mi denuncia ante la opinión pública nacional e internacional de que el gobierno de Ollanta Humala impide que salga en libertad por razones estrictamente políticas, pues habiendo ya cumplido los 25 años de pena impuesta me han abierto arbitrariamente tres procesos con tres mandatos de detención preventiva, y a la fecha ya son 27 años y 10 meses que sigo en prisión.

Provengo de la ciudad de Tacna donde mis antepasados vivieron los avatares y consecuencias de la guerra con Chile, estudié en un colegio nacional que, consecuentemente, alimentaba el espíritu nacional. Más adelante, en el ejercicio de mi profesión de Socióloga pude ver de muy cerca la pobreza y hambre del pueblo, todo esto fue despertando mi conciencia política, la necesidad de cambio y transformación social, y fue así que me incorporé al PCP en su etapa de dirección de la guerra popular, movimiento político revolucionario cuyo propósito era la toma del poder reaccionario para construir una República Popular de Nueva Democracia, como las habidas en casi todas partes del mundo del siglo XX. Hecho que es de carácter político y que no se debería judicializar sino dar una solución política.

El 12 de junio de 1988 fui detenida en una casa de la capital de la República, Lima. Ahí no me mostraron ningún documento judicial que ordenara mi detención ni me dijeron los motivos de mi detención. Después me condujeron a los calabozos de la Dirección contra el Terrorismo donde fui torturada vilmente. Luego trasladada al Penal de Canto Grande, Lima, donde me ubicaron en el pabellón de Mujeres junto con otras prisioneras. Tres años después, en 1991 fui juzgada al amparo de la arbitraria legislación antisubversiva del momento y fui sentenciada a 18 años de pena privativa de libertad, una pena de por sí alta, más aún cuando faltaban pocos meses para cumplir los 18 años de condena impuesta me volvieron a abrir un nuevo juicio sobre los mismos hechos y misma responsabilidad, incluyéndome en el llamado Megaproceso que juzgó a los dirigentes del PCP; me impusieron la pena máxima vigente al momento de mi detención, es decir 25 años. Y otra vez, a punto de cumplir la nueva condena de 25 años, no contentos con ese segundo juicio en que me elevaron la pena de 18 a 25 años, y a meses de cumplir los 25 años de pena, el Estado me abre un nuevo y tercer proceso con mandato de detención preventiva en el llamado “Caso Soras” donde me imputan autoría mediata por ser dirección, siendo esto falso y sin ninguna prueba en mi contra. Yo no era aún miembro de dirección al momento de los hechos imputados, los que además según ley ya están prescritos. Acusación que tiene la evidente finalidad de volver a impedir mi libertad y que de inmediato he rechazado ante el Poder Judicial, demandado que se archive definitivamente, dado el abusivo uso del derecho en mi contra.

Yo debí salir en libertad en junio del 2006 pero me lo impidieron con nuevo juicio y nueva condena y me pusieron en este segundo juicio 25 años de condena (la máxima). Cuando ya me tocaba salir en libertad en junio del 2013 me abren un tercer juicio y me piden cadena perpetua y ordenan mi detención preventiva, es decir, por segunda vez impiden mi libertad cuando ya estaba a meses de cumplir los 25 años.

Incluso como saben de su abuso y han leído los fundamentos de mi rechazo a este tercer juicio por hechos del ’83, vuelven a abrir un cuarto juicio y un quinto por supuestos nuevos hechos. Así, HACE TRES AÑOS QUE YO DEBÍ SALIR EN LIBERTAD Y LO IMPIDEN INVENTANDO NUEVOS JUICIOS IGUALMENTE ARBITRARIOS PARA SEPULTARME EN VIDA EN PRISIÓN CON CADENA PERPETUA.

Sin ninguna prueba en mi contra del Caso “Tarata”, baste decir que cuando ocurrieron los lamentables hechos me encontraba en prisión y en total aislamiento en el Penal de Máxima Seguridad de Mujeres de Chorrillos después del genocidio en el Penal de Canto Grande de mayo de 1992, en el cual soy sobreviviente, acusación que también he rechazado por falsa y tendenciosa, además que ya hubo juzgamiento de estos hechos.

El otro nuevo caso que mediáticamente llaman “Perseo”, es de abril 2014 en el que me acusan del supuesto delito de haber conformado una organización política para participar en las elecciones cual si fuera terrorismo. Esta acusación también la he rechazado porque está fuera de la realidad y de la propia ley.

II. EL OBJETIVO DEL ESTADO PERUANO ES SEPULTARME VIVA EN LA PRISIÓN

  • Considero en primer lugar que este como los anteriores gobiernos utiliza la ley antisubversiva como arma política para perseguir por siempre a los revolucionarios que como yo fuimos dirigentes de un proceso revolucionario contra la opresión y explotación de las mayorías que conforman el pueblo por un puñado de explotadores capitalistas proimperialistas. Tal ocurre con mis compañeros Victoria Trujillo y Osmán Morote impidiendo nuestra libertad de manera ilegal e inconstitucional, totalmente arbitraria, por razones políticas. 
  • El gobierno actual que se precia de democrático utiliza el llamado “terrorismo” que ya ni existe en el Perú, como pretexto para criminalizar la protesta popular y perseguir de por vida a los marxista-leninista-maoístas, pensamiento gonzalo que no abandonamos nuestras convicciones ideológicas porque tenemos derecho a la libertad de opinión, pensamiento expresión.
  • Considero que el estado Peruano viene ponderando la supuesta seguridad por encima de los derechos de la persona y aplica derecho penal del enemigo.
  • Considero que el Estado Peruano para dar sustento a las falsas imputaciones desenvuelve sistemáticamente campañas de estigmatización en contra de quienes criticamos la explotación capitalista para desprestigiar a los revolucionarios sobre todo a los marxista-leninista-maoístas, pensamiento gonzalo. 
  • Considero que en todos los procesos judiciales han hecho tabla rasa del principio de legalidad.
  • Considero que habiendo cumplido 25 años de condena según la ley, automáticamente ya estoy rehabilitada con todos los derechos que me corresponden como ciudadana y me asiste el derecho a incorporarme a la sociedad, a trabajar y estudiar. Y si rebelarme contra el orden de opresión y explotación es calificado de delito, yo ya fui condenada por eso, ya he cumplido la sentencia impuesta y agrego: en las peores condiciones de prisión de la historia penitenciaria del Perú: con 10 años de aislamiento y encierro celular. Así entonces, TENGO DERECHO A MI LIBERTAD, LA EXIJO.

III. AGREGO QUE ENFRENTÉ EL GENOCIDIO DE MAYO DE 1992 Y JAMÁS FUI NI INDEMNIZADA NI RESARCIDA, MAS BIEN ESTOY DETENIDA ARBITRARIAMENTE. Muy sucintamente puedo decir que soy sobreviviente del genocidio contra prisioneros políticos del PCP, donde se asesinó a 41 prisioneros, torturando y aislando a sobrevivientes. Hecho que ha sido denunciado ante los organismos internacionales que llevó a que la Corte Interamericana de Derechos Humanos condenara al Estado peruano, sin embargo, los alcances de la sentencia hasta hoy son incumplidos. En mi caso fui herida y maltratada en mi condición de mujer. Fui trasladada al Hospital de la Policía donde me mantuvieron en aislamiento absoluto bajo control policial y militar, posteriormente fui trasladada al Penal de Máxima Seguridad de Mujeres de Chorrillos donde se nos aplicó un régimen de aislamiento y aniquilamiento en celdas de 2 x 3 metros, donde teníamos que permanecer 6 prisioneras 24 horas al día, sin salir al patio, sin visita; privadas del derecho al trabajo y estudio, un sistema “cruel e inhumano” como dice la sentencia de la CIDH (2006). El año 1993 fui trasladada al Penal de Yanamayo – Puno, a 3,400 m.s.n.m. por 10 años con mayor aislamiento, casi imposible de tener visita, tampoco de abogado para defensa. Actualmente me encuentro en el confinamiento ilegal del Penal de Mujeres de Ancón II.

IV. QUIERO EXPRESAR MI MAS PROFUNDO E INFINITO AGRADECIMIENTO AL PUEBLO PERUANO PRINCIPALMENTE.


Sin su apoyo brindado de diversas maneras y en forma permanentemente, sin su aliento cálido indiscriminado, sin su fuerza ejemplar no habría podido resistir tan duros y largos 27 años de carcelería. Razón por la cual expreso mi sentimiento agradecido.

Como a muchas de mis compañeras no me permitieron en prisión devenir en ser madre, creen que las comunistas no tenemos derecho a procrear, pero yo tuve la fuerza de mi ideología y el apoyo del pueblo como mis dos pilares de sostén y gracias a ello me mantengo fuerte hasta hoy. ¡Cómo no agradecerle a este mi amadísimo pueblo, cómo no agradecer a mis amados padres que ya no están, cómo no a mis compañeras de prisión, cómo no a los abogados por su solidaridad, cómo no a todas las organizaciones religiosas, artísticas, populares y democráticas verdaderas que me visitaron y son testigos de lo que aquí digo! Gracias a todos

Marzo, 2016

Margot Liendo




Cartas a Comisión Organizadora de la Campaña por la Libertad de las Prisioneras Políticas de América Latina.


SRES. DE LA COMISIÓN ORGANIZADORA DE LA CAMPAÑA POR LA LIBERTAD DE LAS PRISIONERAS POLÍTICAS DE AMÉRICA LATINA:

A todas las personas amigas que se solidarizan con la lucha por nuestra libertad, les decimos: ¡Gracias, inmensas gracias!

Es gratificante saber que nunca estamos solos, que somos gotas de inmenso mar, y parte de todos los comunistas, revolucionarios y luchadores sociales del mundo, que combaten hoy contra este sistema capitalista que arrasa pueblos, explota por doquier al proletariado y las masas trabajadoras, así como esquilma los recursos de las naciones.

Son ellos y su sistema caduco los que no tienen perspectiva. Son ellos los que a puertas de una guerra mundial imperialista maquinan cómo volver a repartirse el mundo y cerrarle el futuro a los pueblos; por eso generan persecución, destierro, cárcel y muerte contra los que se les oponen.

En el caso de nuestra larga carcelería, y después de 23 años del término de la guerra popular en el Perú, consideramos también que nuestra libertad es ya un derecho y en él nos empeñamos, en lucha política sin armas y convencidas de la necesidad de solucionar políticamente los problemas que han quedado pendientes luego de concluida la guerra, a través de una Amnistía General que lleve a una verdadera Reconciliación Nacional.

Recordamos a las mujeres que nos han antecedido y cuyo ejemplo nos alumbra, en especial a la compañera Augusta La Torre Carrasco –camarada Norah- la más grande heroína del Partido y la Revolución en nuestro país, junto con otras ejemplares hijas del pueblo que dieron su vida por la construcción de un futuro mejor; ellas siguen y seguirán presentes en nuestra mente y corazón.

Y en este 8 de marzo, Día Internacional de la Mujer, saludamos y alentamos las diarias batallas de las mujeres de los pueblos latinoamericanos, dentro de las cuales está la lucha de las prisiones políticas por su libertad.

Por eso decimos juntas:

¡Nuestra libertad es un derecho!

Gracias a todos ustedes por su valiosa solidaridad.

Reciban nuestros fraternales abrazos,

Prisioneras políticas
Perú.



 SEÑORES DE LA COMISIÓN ORGANIZADORA DE LA CAMPAÑA POR LA LIBERTAD DE LAS PRISIONERAS POLÍTICAS DE AMÉRICA LATINA.

Mi nombre es Ana Mendoza Mateo, prisionera por causales de la guerra que se desarrolló en mi país y que concluyera hace ya más de dos décadas.

Fui detenida en 1993 durante el gobierno autogolpista de Fujimori, juzgada en el fuero militar salí absuelta, más esa libertad fue apenas un año porque anularon ese proceso y me volvieron a encarcelar. Luego de una tremenda campaña mediática un Tribunal civil transitorio me condenó a CADENA PERPETUA.

Años más tarde, producto de la lucha de nuestros familiares con el invalorable apoyo del pueblo, la legislación “antiterrorista” cayó en gran parte y se hicieron nuevos juicios; sin embargo, en mi caso de 8 inculpados les aplicaran nuevo juzgamiento a 6, negándonos el derecho a 2, entre ellos a mi persona.

Desde entonces, todo recurso legal que mi familia ha interpuesto con esa finalidad ha sido rechazado. Los jueces y magistrados se rehúsan a suscribir la nulidad del proceso porque el Poder Judicial sigue la política oficial de los que mandan en el Perú, que es una política de venganza, de persecución sin fin al que se haya levantado en contra de este orden injusto, extendiéndose ahora incluso a perseguir las ideas.

La condena a CADENA PERPETUA es una pena cruel, inhumana, ¡monstruosa! Impide al ser humano todo proyecto de vida, más aún para una mujer.

Yo entré a los 24 años y tras 24 años en terribles condiciones de prisión, ¡la libertad es mi derecho!

En última instancia, reclamo acudir a un nuevo juicio desde la libertad.

Muchas gracias por su solidaridad, es valioso para mí saber que mi voz y experiencia encuentre eco en otras partes del mundo.

Con aprecio a la distancia.

Ana Mendoza Mateo.



SEÑORES DE LA COMISIÓN ORGANIZADORA DE LA CAMPAÑA POR LA LIBERTAD DE LAS PRISIONERAS POLÍTICAS DE AMÉRICA LATINA.

De antemano saludarlos y agradecer a la Comisión Organizadora y al pueblo argentino por la solidaridad con las prisioneras políticas del Perú y con nuestros familiares.

Mi Nombre es Maruja Arango Chávez, voy a cumplir 21 años de prisión, sentenciada por el llamado delito de “TERRORISMO”, nombre con que el Estado Peruano tipifica al Gran Movimiento Social, eminentemente político que involucró a toda la Sociedad Peruana en la década 80 – 90. No fue terrorismo, fue una guerra interna, fueron las condiciones históricas del momento las que generaron esta lucha revolucionaria, el hecho de transformación social más transcendente en beneficio del pueblo.

En mi caso fui juzgada y sentenciada por un Tribunal Militar, con jueces sin rostro y nuevamente procesada y sentenciada en el fuero civil por una Sala de “excepción” con la “Legislación Antiterrorista”, remozada pero no derogada, y una vez más condenada a Cadena Perpetua. La cadena perpetua es una pena cruel, degradante, inhumana, vejatoria, una tortura psicológica permanente; tienes una fecha de ingreso y no tienes una fecha de salida: es intemporal. Aquí somos cinco (5) prisioneras políticas mujeres con cadena perpetua. Es por eso que he llevado mi caso a la CIDH, para seguir denunciando al Estado peruano que persigue a los Prisioneros Políticos por habernos levantado contra un sistema de explotación que azotaba a nuestro pueblo.

Así mismo, quiero hacerles conocer que en todo este tiempo que estoy detenida, he aprendido a hacer diferentes trabajos de manualidades, trabajados en cerámica, sigo aprendiendo el idioma inglés y otros; todo gracias al esfuerzo de cada una de mis compañeras, a ese trabajo en conjunto, a la vida colectiva que llevamos todas, porque mantenemos nuestra convicción ideológica, no han podido quebrarnos, y siempre sentimos y servimos a los de abajo. La mayoría siempre nos hemos mantenido juntas y hoy seguimos en la lucha por una amnistía general; y gracias también por el inmenso y profundo cariño de nuestros familiares, amigos, personas solidarias que luchan junto a nosotras día a día, durante todo este tiempo.

Profundamente agradecida que esta carta sea conocida por ustedes y pueda llegar a otras organizaciones, al pueblo de Argentina y a los pueblos del mundo, me despido aunándome a la lucha de todas las prisioneras políticas de América Latina.

Atentamente

Maruja Arango Chávez
Prisionera Política
Lima – Perú, marzo 2016



Señores

Comisión Por la libertad de las prisioneras políticas de América Latina

Me dirijo muy afectuosamente a ustedes agradeciéndoles por la lucha empeñada en la defensa de la libertad de las prisioneras políticas.




Mi nombre es Margot Liendo Gil y soy una prisionera política. Como miles de hijos del pueblo peruano conscientes de la necesidad de transformación de la sociedad explotada y oprimida, me incorporé al PCP y en el proceso de la guerra popular fui detenida el año 1988. Actualmente me encuentro confinada en una prisión del Perú por 27 años y 9 meses.

Inicialmente me condenaron a 18 años de pena privativa de la libertad y en el cumplimiento de dicha condena sobreviví al genocidio del año 1992 donde fueron asesinados 41 prisioneros, dentro de ellos 11 mujeres. Sobre este hecho la Corte Interamericana de Derechos Humanos ya condenó al Estado Peruano quien hasta hoy no asume la ejecución de la sentencia.

En junio del 2013 cumplí hasta el último día de los 25 años de condena que me impusieron y actualmente vengo denunciando al gobierno de Ollanta Humala porque arbitrariamente me mantiene en prisión por razones estrictamente políticas.

El Estado Peruano para impedir la libertad de los que fuimos sentenciados como dirigentes del PCP utiliza esto como argumento para maquinar nuevos procesos penales con mandato de detención preventiva, es decir que a la fecha en mi caso suman tres sin fundamento alguno, es decir fuera de la realidad y de la ley aplicando derecho penal del enemigo; su objetivo es mantenerme en cárcel de por vida, lo que ya constituye arbitrariamente una cadena perpetua sin sentencia, y si rebelarme contra el orden de opresión es calificado de delito, ya fui condenada y he cumplido en exceso la sentencia impuesta, por ello ¡la libertad es mi derecho!

Por estas razones rechazo que el gobierno peruano persista en su persecución a los marxista-leninista-maoístas, pensamiento gonzalo negándoles el derecho a la participación política, así como la libertad de pensamiento, expresión y organización y a quienes plantean Amnistía General y más grave aún, esto lo extienden a todo aquel que cuestione el sistema capitalista. Cuánto bien nos haría a todos los peruanos si el Estado optara por una salida política como el proceso de Colombia.

Desde donde me encuentro hago llegar mi profundo agradecimiento a quienes se suman a la campaña por la libertad de las prisioneras políticas solidarizándose con nosotras.

Me despido calurosamente,

un fuerte abrazo

Margot Liendo Gil
Perú. marzo 2016


SEÑORES

COMISIÓN ORGANIZADORA DE LA CAMPAÑA POR LA LIBERTAD DE LAS PRISIONERAS POLÍTICAS DE AMÉRICA LATINA

Victoria Trujillo Agurto, prisionera política del Partido Comunista del Perú, confinada en el Establecimiento Penal Ancón II, en Lima Perú, llego a ustedes con mi cálido y fraterno saludo y a la vez gratitud y reconocimiento a su trabajo y lucha por la libertad de las prisioneras políticas de América Latina.

Como miles de hijas del pueblo peruano me incorporé al PCP en el proceso de la guerra popular, el más grande movimiento social revolucionario de la historia peruana, desenvuelto desde 1980 a 1992. El Estado Peruano en su guerra contrasubversiva desenvolvió toda una política genocida de asesinatos, genocidios, desapariciones, torturas, detenciones, aplicando una legislación antisubversiva con penas draconianas de 25, 30 años hasta la inhumana cadena perpetua. Así, fui detenida el 28 de agosto de 1989 y sentenciada como dirigente del PCP el año 2006 a la pena máxima de 25 años (según legislación del momento). PENA QUE YA CUMPLÍ HACE MÁS DE AÑO Y MEDIO.

Denuncio que el gobierno de Ollanta Humala impide mi libertad y me mantiene en prisión arbitraria e ilegalmente solo por razones estrictamente políticas. Con sistemáticas campañas estigmatizadoras y persecutorias por funcionarios del Estado a través de la prensa reaccionaria y faltando solo 4 meses para cumplir mi pena de 25 años me inventaron un nuevo proceso penal por el llamado delito de terrorismo sin que exista supuesto hecho delictivo ni fundamentos de derecho que lo sostenga, solo con el objetivo de mantenerme en prisión. La Fiscalía, Juzgado y miembros de la Sala Penal para ordenar mi detención preventiva usaron el burdo y aberrante argumento de haber sido sentenciada como dirigente del PCP, lo que según ellos me hace “sospechosa” de “nuevos delitos”, es decir, estigmatizado como sujeto peligroso y sin derechos de por vida, cuando YA CUMPLÍ la pena de 25 años, estoy legalmente rehabilitada y apta para salir en libertad y reincorporarme a la sociedad.

He afirmado que no existe hecho delictivo porque el supuesto delito sería haber conformado el MOVADEF (Movimiento por la Amnistía y Derechos fundamentales) y la propia Constitución Política ampara la conformación de organizaciones políticas para las elecciones, más, Luchar por una Amnistía no es delito, salvo en el Perú donde se niega la libertad de pensamiento, expresión y organización, el derecho a la participación política desenvolviendo el Estado toda una persecución política contra los comunistas y revolucionarios marxista-leninista-maoístas, pensamiento gonzalo, contra los demócratas, extendida al pueblo y a todo aquel que cuestione el sistema capitalista explotador, una muestra más de que en el Perú su llamada democracia es una farsa.

Finalmente, como todos los prisioneros políticos en el Perú, he afrontado durante muchos años un régimen de ejecución penal de aislamiento sistemático y sofisticado y soy sobreviviente del genocidio en el Penal “Miguel Castro Castro” del año 1992.

Con férrea voluntad seguiré persistiendo en la lucha por mi libertad junto a mis compañeras, junto al pueblo, bregando por una solución política, amnistía general y reconciliación nacional porque es lo que sirve al pueblo, la nación y la sociedad peruana en su conjunto, acorde a lo que vemos hoy en América Latina en el país hermano de Colombia con la plasmación de un Acuerdo de Paz.

Mi sentimiento, solidaridad y apoyo a la lucha de todas las prisioneras políticas de América Latina, de Argentina, Chile, Paraguay, Colombia, etc.; aunando esfuerzos en la lucha por nuestros derechos fundamentales, por nuestra libertad que conquistaremos con el apoyo de nuestros heroicos pueblos.

Reiterando mi aprecio y reconocimiento. Un cálido abrazo.

Victoria Trujillo Agurto
Perú, marzo 2016.

QUIÉN RESPONDE POR MANTENERME ILEGALMENTE EN PRISIÓN HABIENDO CUMPLIDO HACE 220 DÍAS MI CONDENA DE 25 AÑOS?

QUIÉN RESPONDE POR MANTENERME ILEGALMENTE EN PRISIÓN HABIENDO CUMPLIDO HACE 220 DÍAS MI CONDENA DE 25 AÑOS?

En diligencia llevada a cabo el 14 de enero del presente año por el Caso Soras, la Fiscalía pretendió que se admita como prueba en mi contra y de mis coinculpados el reportaje de Cuarto Poder del canal 4 emitido el 4 de noviembre del 2012.

Ante la falta de elementos que prueben los hechos imputados dicha institución pretende usar ese montaje periodístico, donde se recurre a la teatralización y simulación de los supuestos hechos y una serie de imprecisiones en tiempo, lugar e identidad de los entrevistados y en el cual tampoco se me incrimina.

Una vez más se evidencia el claro objetivo de este proceso de mantener por siempre presos a los dirigentes del PCP y en especial a quienes debimos de salir en libertad el 11 de junio del 2013. Ya llevo 220 días de prisión arbitraria. 

18 de enero 2014 
 MARGOT LIENDO GIL

¿UN REPORTAJE PERIODÍSTICO PUEDE CONSTITUIR UNA PRUEBA JUDICIAL?

El martes 14 de enero del 2014 se llevó a cabo la diligencia de visualización de un reportaje periodístico del programa “Cuarto Poder” del canal 4 – América Televisión, presentado como supuesta prueba por la Fiscalía, en el caso Soras, Exp. 00013-2013.

En la diligencia los abogados defensores formularon oposición, rechazando que ese video propalado por el canal 4, propiedad del grupo El Comercio, sea incorporado como medio de prueba al proceso, por ser una prueba prohibida, porque se trata de un montaje periodístico donde se intercala la teatralización y simulación  de supuestos hechos con algunos testimonios supuestamente de familiares pues no se precisan sus nombres, ni se menciona el lugar ni la fecha en que los periodistas se acercaron a entrevistar a los campesinos y pobladores visualizados, pues sólo aparece la fecha de emisión del reportaje, el 4 de noviembre 2012; por lo tanto, no hay certeza en el tiempo, ni en el lugar, ni en la identidad de las personas que aparecen en las imágenes. Además que, en ninguna parte del video se visualiza a alguien que incrimine a alguno de los procesados. Además que en el video se confunden hechos ficticios con supuestos hechos reales y en otros pasajes se observa personas que hablan pero no se les pone el audio, lo que podría hacer pensar que dichos audios habrían sido manipulados pues no podrían beneficiar a la defensa; todo ello viciaría la prueba, pero lo principal es que este video es una prueba impertinente por lo cual ha sido muy acertada la contundente oposición de la defensa de los procesados, quienes resaltaron los fines políticos y mediáticos con que se hizo dicho reportaje periodístico para causar conmoción en la opinión pública y que pretende ser introducido como prueba por la Fiscalía ante la carencia de verdaderas pruebas pues el caso Soras carece de fundamento legal y jurídico.

Ante esta contundente respuesta, a la Fiscalía solo le quedó señalar que lo había introducido por el pasaje en el cual unos pobladores aseguran que en el año 1983 solicitaron al Presidente de la República de ese entonces, arquitecto Fernando Belaúnde Terry que pusieran una base de los sinchis en su pueblo, planteando que había tomado dicho reportaje como “noticia criminal”, lo cual es falso porque la denuncia del caso Soras es del año 2007, hecha por una ONG de Derechos Humanos (ojo, antes del 4 de noviembre 2012) y fue el 18 de setiembre 2012 que el procurador Julio Galindo, siguiendo los mandatos del Premier Jiménez Mayor, pidió “se formalice denuncia penal contra los integrantes del Comité Central..” para incorporar como acusados a los dirigentes del PCP con el objetivo de desprestigiar al PCP y a la guerra popular que este dirigió y de impedir la libertad de Osmán Morote Barrionuevo y Margot Liendo Gil, quienes debían salir el 11 de junio del 2013.

El Estado a través de la Fiscalía y la Procuraduría pretendieron pasar a un reportaje periodístico hecho con fines mediáticos y políticos, como prueba judicial, pero lo que quedó evidenciado fue el verdadero objetivo de desenvolver el caso Soras.

18 de enero 2014